El Ministerio de Sanidad está actualizando la normativa que regula el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB). Estos cambios afectarán a las empresas que fabrican, envasan, almacenan, comercializan o aplican biocidas.
En este contexto, la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud ha iniciado un proceso de consulta pública para abordar los nuevos cambios normativos en el Registro de Establecimientos Biocidas con el propósito recoger las opiniones de la ciudadanía y las organizaciones sobre el nuevo proyecto de Real Decreto como la modificación de la Orden SCO/3269/2006, que regula el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas.
¿Qué es una Consulta Pública Previa?
La consulta pública previa es una herramienta que permite a la ciudadanía y organizaciones participar activamente en la creación de normas. Antes de la elaboración del anteproyecto de ley, se abre un período de consulta a través del portal web de la Administración competente. Durante este tiempo, se recaban opiniones sobre:
- Los problemas que la norma pretende solucionar.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas, tanto regulatorias como no regulatorias.
El contexto normativo actual
El control de los productos biocidas, que incluyen desinfectantes, conservantes y plaguicidas, ha sido una preocupación en la Unión Europea desde la Directiva 98/8/CE de 1998. Esta directiva fue transpuesta al derecho español mediante el Real Decreto 1054/2002.
Posteriormente, el Reglamento (UE) Nº 528/2012 introdujo nuevos procedimientos de autorización y derogó la Directiva anterior. Aunque el Reglamento es de aplicación directa en todos los Estados miembros, el Real Decreto 1054/2002 sigue regulando aspectos adicionales como el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB).
1. Modificación de la Orden SCO/3269/2006
La Orden SCO/3269/2006 establece las bases para la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB). La modificación propuesta busca actualizar y mejorar esta normativa.
Necesidad y Oportunidad
La modificación es esencial para cumplir con las obligaciones del Reglamento (UE) Nº 528/2012 y asegurar un marco jurídico coherente y eficaz a nivel nacional.
Objetivos de la Modificación
- Actualizar la Relación de Biocidas: Incluir nuevos productos en el ROESB.
- Revisión de Procedimientos: Mejorar los requisitos de inscripción y autorización.
Problemas a Solucionar con la Nueva Norma
La modificación de la Orden SCO/3269/2006 tiene como principal objetivo proteger la salud humana. Para ello, se busca actualizar la relación de productos biocidas que obligan a la inscripción de establecimientos y servicios que los fabrican, envasan, almacenan, comercializan o aplican. Este control es esencial para garantizar que todas las actividades relacionadas con biocidas se realicen de manera segura y efectiva.
Necesidad y Oportunidad de Aprobación
El Reglamento (UE) Nº 528/2012, vigente desde septiembre de 2013, busca mejorar la libre circulación de biocidas en la Unión Europea y asegurar un alto nivel de protección para la salud humana, animal y el medio ambiente. Para cumplir con estas obligaciones comunitarias, es necesario adaptar la normativa nacional mediante la modificación de la Orden SCO/3269/2006.
Objetivos de la Modificación
La modificación de esta Orden busca:
- Actualizar la lista de biocidas que requieren inscripción de los establecimientos y servicios biocidas.
- Revisar las definiciones, requisitos de inscripción, códigos de registro, y procedimientos de resolución y cancelación de inscripciones.
¿Qué está cambiando?
- Ampliación de productos: Se está actualizando la lista de tipos de productos biocidas que requieren inscripción en el ROESB. Esto significa que más empresas podrían verse afectadas por la obligación de registro.
- Definiciones y requisitos: Se están revisando las definiciones y requisitos para la inscripción en el registro, así como los códigos de registro y los procedimientos de cancelación.
¿Por qué es importante?
El incumplimiento de la normativa puede acarrear sanciones y la imposibilidad de operar legalmente. Es crucial que las empresas se mantengan informadas y se adapten a los nuevos requisitos para garantizar la continuidad de sus actividades.
¿Cómo participar en esta consulta?
La consulta pública está abierta hasta el 27 de julio de 2024, fecha tope para enviar las propuestas a la Dirección General de Salud Pública a través del correo electrónico: sgsasl@sanidad.gob.es.
2. Proyecto de Real Decreto por el que se regula el proceso de registro, autorización, comercialización y uso de biocidas
Objetivos del Proyecto de Real Decreto
El nuevo Real Decreto pretende abordar varios aspectos clave:
- Actualización Normativa: Adaptar la legislación nacional a las disposiciones del Reglamento (UE) Nº 528/2012, derogando y sustituyendo normas anteriores.
- Registro y Autorización: Regular el funcionamiento del Registro Oficial de Biocidas y el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB).
- Capacitación: Revisar y actualizar la normativa sobre la formación de técnicos aplicadores de biocidas, incorporando nuevos requisitos formativos.
- Trazabilidad y Control: Sustituir el Libro Oficial de Movimientos de Biocidas por un sistema basado en la trazabilidad de la cadena de suministro, acorde al Reglamento (CE) Nº 1272/2008.
- Sanciones: Establecer las sanciones aplicables en caso de incumplimiento de las disposiciones del Reglamento y del nuevo Real Decreto.
Problemas que se Pretenden Solucionar
La normativa actual presenta ciertas lagunas y desactualizaciones que el nuevo Real Decreto pretende subsanar:
- Protección de la Salud Pública: Asegurar que los biocidas comercializados y utilizados en España no tengan efectos adversos en la salud humana o el medio ambiente.
- Homogeneización de Procedimientos: Unificar y simplificar los procedimientos de registro y autorización de biocidas.
- Cumplimiento Normativo: Garantizar que todas las actividades relacionadas con los biocidas se realicen conforme a la normativa vigente.
Necesidad y Oportunidad de la Modificación
El Reglamento (UE) Nº 528/2012 es de aplicación directa en los Estados miembros desde el 1 de septiembre de 2013. No obstante, es necesario un marco jurídico nacional que regule aspectos específicos no cubiertos por el Reglamento, asegurando una aplicación coherente y eficaz de sus obligaciones en España.
Participación Ciudadana
La consulta pública busca recabar las opiniones y sugerencias de los ciudadanos y organizaciones potencialmente afectadas por la nueva normativa. Los interesados pueden enviar sus comentarios hasta el 25 de julio de 2024 a través del correo electrónico: sgsasl@sanidad.gob.es.
Conclusión
Estos nuevos cambios normativos en el Registro de Establecimientos Biocidas supondrán un paso crucial hacia la modernización y mejora de la regulación de biocidas en España. La participación ciudadana es fundamental para garantizar que la nueva normativa sea completa, eficaz y adecuada a las necesidades actuales.