El Ministerio de Sanidad está actualizando la normativa que regula el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB). Estos cambios afectarán a las empresas que fabrican, envasan, almacenan, comercializan o aplican biocidas.

En este contexto, la Dirección General de Salud Pública y Equidad en Salud ha iniciado un proceso de consulta pública para abordar los nuevos cambios normativos en el Registro de Establecimientos Biocidas con el propósito recoger las opiniones de la ciudadanía y las organizaciones sobre el nuevo proyecto de Real Decreto como la modificación de la Orden SCO/3269/2006, que regula el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas.

¿Qué es una Consulta Pública Previa?

La consulta pública previa es una herramienta que permite a la ciudadanía y organizaciones participar activamente en la creación de normas. Antes de la elaboración del anteproyecto de ley, se abre un período de consulta a través del portal web de la Administración competente. Durante este tiempo, se recaban opiniones sobre:

El contexto normativo actual

El control de los productos biocidas, que incluyen desinfectantes, conservantes y plaguicidas, ha sido una preocupación en la Unión Europea desde la Directiva 98/8/CE de 1998. Esta directiva fue transpuesta al derecho español mediante el Real Decreto 1054/2002.

Posteriormente, el Reglamento (UE) Nº 528/2012 introdujo nuevos procedimientos de autorización y derogó la Directiva anterior. Aunque el Reglamento es de aplicación directa en todos los Estados miembros, el Real Decreto 1054/2002 sigue regulando aspectos adicionales como el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB).

1. Modificación de la Orden SCO/3269/2006

La Orden SCO/3269/2006 establece las bases para la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB). La modificación propuesta busca actualizar y mejorar esta normativa.

Necesidad y Oportunidad

La modificación es esencial para cumplir con las obligaciones del Reglamento (UE) Nº 528/2012 y asegurar un marco jurídico coherente y eficaz a nivel nacional.

Objetivos de la Modificación

Problemas a Solucionar con la Nueva Norma

La modificación de la Orden SCO/3269/2006 tiene como principal objetivo proteger la salud humana. Para ello, se busca actualizar la relación de productos biocidas que obligan a la inscripción de establecimientos y servicios que los fabrican, envasan, almacenan, comercializan o aplican. Este control es esencial para garantizar que todas las actividades relacionadas con biocidas se realicen de manera segura y efectiva.

Necesidad y Oportunidad de Aprobación

El Reglamento (UE) Nº 528/2012, vigente desde septiembre de 2013, busca mejorar la libre circulación de biocidas en la Unión Europea y asegurar un alto nivel de protección para la salud humana, animal y el medio ambiente. Para cumplir con estas obligaciones comunitarias, es necesario adaptar la normativa nacional mediante la modificación de la Orden SCO/3269/2006.

Objetivos de la Modificación

La modificación de esta Orden busca:

¿Qué está cambiando?

¿Por qué es importante?

El incumplimiento de la normativa puede acarrear sanciones y la imposibilidad de operar legalmente. Es crucial que las empresas se mantengan informadas y se adapten a los nuevos requisitos para garantizar la continuidad de sus actividades.

¿Cómo participar en esta consulta?

La consulta pública está abierta hasta el 27 de julio de 2024, fecha tope para enviar las propuestas a la Dirección General de Salud Pública a través del correo electrónico: sgsasl@sanidad.gob.es.

2. Proyecto de Real Decreto por el que se regula el proceso de registro, autorización, comercialización y uso de biocidas

Objetivos del Proyecto de Real Decreto

El nuevo Real Decreto pretende abordar varios aspectos clave:

  1. Actualización Normativa: Adaptar la legislación nacional a las disposiciones del Reglamento (UE) Nº 528/2012, derogando y sustituyendo normas anteriores.
  2. Registro y Autorización: Regular el funcionamiento del Registro Oficial de Biocidas y el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB).
  3. Capacitación: Revisar y actualizar la normativa sobre la formación de técnicos aplicadores de biocidas, incorporando nuevos requisitos formativos.
  4. Trazabilidad y Control: Sustituir el Libro Oficial de Movimientos de Biocidas por un sistema basado en la trazabilidad de la cadena de suministro, acorde al Reglamento (CE) Nº 1272/2008.
  5. Sanciones: Establecer las sanciones aplicables en caso de incumplimiento de las disposiciones del Reglamento y del nuevo Real Decreto.

Problemas que se Pretenden Solucionar

La normativa actual presenta ciertas lagunas y desactualizaciones que el nuevo Real Decreto pretende subsanar:

Necesidad y Oportunidad de la Modificación

El Reglamento (UE) Nº 528/2012 es de aplicación directa en los Estados miembros desde el 1 de septiembre de 2013. No obstante, es necesario un marco jurídico nacional que regule aspectos específicos no cubiertos por el Reglamento, asegurando una aplicación coherente y eficaz de sus obligaciones en España.

Participación Ciudadana

La consulta pública busca recabar las opiniones y sugerencias de los ciudadanos y organizaciones potencialmente afectadas por la nueva normativa. Los interesados pueden enviar sus comentarios hasta el 25 de julio de 2024 a través del correo electrónico: sgsasl@sanidad.gob.es.

Conclusión

Estos nuevos cambios normativos en el Registro de Establecimientos Biocidas supondrán un paso crucial hacia la modernización y mejora de la regulación de biocidas en España. La participación ciudadana es fundamental para garantizar que la nueva normativa sea completa, eficaz y adecuada a las necesidades actuales.

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